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5 de mayo de 2026

Regularización laboral en Argentina: el PER condona multas y permite pagar deudas previsionales en 72 cuotas

El Régimen de Promoción del Empleo Registrado, incluido en la Ley N°27.802, ofrece un sinceramiento de relaciones informales con extinción de acciones penales y reconocimiento de hasta 5 años de aportes para trabajadores.

Mientras el debate público se concentra en el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) para nuevas contrataciones, otro capítulo de la Ley de Modernización Laboral N°27.802 empieza a ganar protagonismo: el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER). Este mecanismo propone ordenar el pasado laboral mediante el sinceramiento de relaciones ya existentes que se desarrollan en la informalidad o con registraciones incompletas, con el objetivo explícito de reducir la litigiosidad, ensanchar la base contributiva y aliviar la carga financiera de las empresas.

El PER está dirigido a empleadores del sector privado que deseen declarar vínculos laborales iniciados con anterioridad a la promulgación de la ley. Incluye tanto a trabajadores completamente no registrados como a aquellos que figuran con jornadas o salarios inferiores a los reales. La apuesta oficial es generar un puente entre la economía informal y el sistema formal, ofreciendo incentivos en lugar de recurrir exclusivamente a sanciones.

En materia de deuda previsional, el régimen establece una condonación no inferior al 70% del total adeudado por aportes y contribuciones, incluyendo capital e intereses. Están comprendidos el SIPA, PAMI, Fondo Nacional de Empleo y asignaciones familiares. El saldo remanente –hasta un 30%– se podrá financiar en planes de hasta 72 cuotas con una tasa nominal anual tope del 12% y un anticipo inicial del 5%. Quienes puedan cancelar de contado acceden a un descuento adicional de hasta el 10% sobre la deuda consolidada.

Los beneficios legales son igualmente significativos. La adhesión extingue la acción penal del Régimen Penal Tributario vinculada a la falta de registración laboral. También se condonan multas, infracciones y sanciones administrativas impagas. Las empresas podrán solicitar su salida del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), que en la práctica bloquea el acceso a créditos, beneficios estatales y contratos públicos. Además, es posible incluir deudas en instancia judicial o administrativa, siempre que el empleador desista de las acciones y asuma las costas.

Para los trabajadores, el PER ofrece un beneficio central: el reconocimiento retroactivo de aportes previsionales. Se podrán computar hasta 60 meses de servicios (cinco años) sobre la base del Salario Mínimo, Vital y Móvil o sobre la remuneración declarada si esta es mayor. Esos períodos serán válidos para jubilación, pensiones por invalidez o fallecimiento y prestaciones por desempleo, aunque la norma aclara que no impactan en todos los componentes del haber jubilatorio.

El régimen incluye una cláusula de blindaje para garantizar seguridad jurídica: los organismos fiscales no podrán hacer determinaciones de deuda, ajustes ni sanciones sobre los períodos regularizados. La implementación estará a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que debe reglamentar el PER sin restricciones arbitrarias. El plazo para adherir es de 180 días corridos desde la entrada en vigencia de esa reglamentación, lo que introduce un factor de urgencia para la toma de decisiones empresarias.

El PER se perfila como una de las herramientas más ambiciosas para abordar la informalidad estructural desde un enfoque pragmático, combinando alivio fiscal, incentivos económicos y reconocimiento de derechos. Su éxito dependerá de la confianza que genere el Gobierno, la celeridad en la reglamentación y la decisión del sector privado de formalizar sus vínculos laborales.

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