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POLITICA

19 de enero de 2026

Fin de la vigencia automática: un fallo judicial anula el mecanismo que convertía los DNU en ley por el solo paso del tiempo en Tucumán

Una sentencia firme eliminó el efecto convalidatorio del tiempo, redefiniendo el equilibrio de poderes. Los decretos sobre designaciones y proveedores deberán ser debatidos y votados, o perderán validez.

Un fallo judicial firme puso fin al mecanismo de vigencia automática que permitía a los decretos de necesidad y urgencia (DNU) en Tucumán convertirse en ley por el solo transcurso del tiempo, sin necesidad de votación legislativa. La Corte Suprema de Justicia de la provincia declaró la inconstitucionalidad y la nulidad absoluta del artículo constitucional que establecía que, si la Legislatura no se expedía en un plazo de 20 días hábiles, el DNU se consideraba aprobado tácitamente.

Este cambio drástico en el procedimiento afecta directamente a los dos DNU más recientes del gobernador Osvaldo Jaldo: el que congela las designaciones públicas (DNU 11/3) y el que prorroga una exención fiscal para proveedores estatales (DNU 1/3). Ambos habían sido enviados a la Legislatura y, bajo la norma ahora anulada, estaban próximos a adquirir fuerza de ley automáticamente. Ese camino queda legalmente cerrado.

El núcleo de la sentencia: el silencio no convalida

La sentencia, que fue posteriormente convalidada por la Corte Suprema de la Nación al rechazar un recurso provincial, se centró en invalidar específicamente el mecanismo de convalidación por silencio. La abogada Carmen Fontán, una de las impulsoras de la causa, lo explicó de manera contundente: “La sentencia (…) declara su inconstitucionalidad sino también la nulidad absoluta. Es decir que esa norma del silencio legislativo convalidatorio no surte efectos jurídicos”.

Con esta decisión, se elimina la figura de la aprobación tácita. A partir de ahora, todo DNU que emita el Poder Ejecutivo requerirá una aprobación expresa por parte de la Legislatura mediante una ley para entrar en vigor. De lo contrario, carecerá de validez legal.

Consecuencias inmediatas y redefinición del equilibrio de poderes

La anulación de la vigencia automática no solo deja en un limbo legal a los decretos pendientes, sino que redefine el equilibrio institucional en la provincia. El Poder Legislativo recupera de pleno su rol de control sobre los actos del Ejecutivo, ya que su silencio o inacción ya no tendrá el efecto jurídico de convertir un decreto en ley.

Los dos DNU ahora deberán seguir el trámite ordinario: ser debatidos en comisiones, sometidos a posible modificación y finalmente votados en el recinto. Proyectos de la oposición ya buscan rechazar el decreto fiscal, argumentando que modifica materia tributaria, algo vedado para los DNU.

El fallo, por lo tanto, trasciende los casos particulares y establece un precedente categórico: en Tucumán, el tiempo ya no legisla. La validez de los decretos de emergencia dependerá únicamente de la voluntad expresa de los representantes electos en la Legislatura.

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