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11 de noviembre de 2025

El Gobierno deroga después de 32 años el control estatal sobre las cuotas de los colegios privados

Mediante el Decreto 787/2025, se elimina la obligación de los institutos de informar y obtener autorización previa para los aumentos. Argumentan que el sistema anterior generaba "incertidumbre económica" y perjudicaba a las familias.

El Gobierno nacional derogó este martes el decreto que durante más de tres décadas reguló el sistema de aranceles y la relación entre el Estado y los institutos de educación pública de gestión privada, mediante la publicación del Decreto 787/2025 en el Boletín Oficial.

La medida implica la eliminación del control estatal sobre los precios de las cuotas y matrículas que cobran los colegios privados. A partir de ahora, las instituciones educativas no tendrán la obligación de comunicar anticipadamente los montos ni de obtener autorización previa para realizar modificaciones tarifarias.

Según los fundamentos del decreto, la normativa derogada -el Decreto 2417/1993- “presenta limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos de enseñanza pública de gestión privada a las realidades educativas y económicas del país”. El texto oficial sostiene que el sistema respondía a un contexto en el que la administración de la educación dependía del Gobierno nacional, y que con la transferencia de competencias a las provincias corresponde “revisar el marco normativo existente”.

Entre los argumentos centrales, el decreto advierte que la intervención estatal en la fijación de aranceles “ha generado efectos contraproducentes que afectan su funcionamiento y viabilidad económica”. Señala específicamente que la exigencia de informar y autorizar los valores “limita su capacidad de adaptación a las fluctuaciones del mercado, impidiendo que estos ajusten sus precios en función de la realidad económica y los costos operativos”.

El texto oficial también sostiene que el mecanismo de control “perjudica a las familias, quienes deben enfrentar aranceles educativos más altos desde el inicio del ciclo lectivo, limitando su capacidad de elegir establecimientos de enseñanza adecuados a sus posibilidades económicas”.

En otro tramo, el decreto subraya que “el requerimiento de los establecimientos de enseñanza de gestión privada de comunicar los montos de matrícula y de las cuotas con anticipación considerable, junto con la obligación de obtener la autorización estatal previa para modificar dichos valores, crea una situación de incertidumbre económica para los institutos”. Además, pone el foco en el derecho de propiedad de los institutos privados, al afirmar que “deberían tener la libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados, sin necesidad de autorización estatal”.

Finalmente, el Gobierno instruyó al Ministerio de Capital Humano para que, a través de la Secretaría de Educación, revise las pautas contenidas en el Decreto 2542/1991 -la norma madre del sistema de financiamiento de la educación privada- y eleve una propuesta de modificación.

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