Viernes J de 7 de 2026

Hoy es Viernes 24 de Julio de 2026 y son las 14:15 - Hola

  • 17.7º

NACIONALES

24 de julio de 2026

El Banco Central habilitó las cuentas sueldo en dólares para el pago de salarios

La adecuación normativa responde a la Ley de Modernización Laboral y permitirá que las empresas abonen remuneraciones en dólares estadounidenses, además de pesos.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) modificó la normativa que regula las cuentas sueldo y autorizó que puedan utilizarse para acreditar salarios tanto en pesos como en dólares estadounidenses, en consonancia con los cambios introducidos por la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802.

La adecuación responde a la modificación del artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744, incorporada por el artículo 34 de la nueva legislación, que establece que las remuneraciones podrán abonarse en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera.

Desde la autoridad monetaria explicaron que la regulación anterior contemplaba únicamente cuentas sueldo denominadas en pesos y que, a partir de esta modificación, también podrán abrirse y administrarse cuentas en dólares estadounidenses para el pago de haberes.

La resolución dispone que las entidades financieras deberán aceptar la apertura y gestión de cuentas sueldo en ambas monedas desde la entrada en vigencia de la medida.

En el caso de las cuentas sueldo en dólares, las operaciones de depósito y extracción de efectivo deberán estar disponibles, como mínimo, en la sucursal donde se encuentre radicada la cuenta. Además, las entidades podrán ofrecer estos servicios en otras sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio, siempre que cuenten con la infraestructura necesaria para operar con dólares en efectivo.

La normativa mantiene el carácter gratuito de las cuentas sueldo. Según el texto regulatorio, no podrán aplicarse costos por su apertura, mantenimiento o extracción de fondos hasta el monto correspondiente a las acreditaciones derivadas de la relación laboral. Asimismo, los importes no retirados continuarán acumulándose sin límite de tiempo.

El régimen también conserva otra de las garantías previstas para este tipo de cuentas: no podrán establecerse restricciones a las extracciones de fondos, cualquiera sea la modalidad utilizada por el trabajador.

Si bien la medida amplía las alternativas para empleadores y empleados, en el sector privado consideran que su implementación inmediata podría tener un alcance acotado debido a las limitaciones que enfrentan las empresas para acceder al mercado libre de cambios y adquirir dólares.

El Banco Central informó que próximamente publicará los textos ordenados con las modificaciones incorporadas. A partir de esa actualización, las entidades financieras deberán adecuar sus sistemas y procedimientos internos para aplicar la nueva reglamentación.

La decisión forma parte del proceso de implementación de la Ley de Modernización Laboral, aprobada por el Congreso y promulgada por el Poder Ejecutivo en marzo de este año.

COMPARTIR:

Comentarios

Los comentarios se envían y quedan pendientes de moderación.

Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno.