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30 de abril de 2026

La Corte Suprema declaró inconstitucional el uso de datos personales por el Estado sin consentimiento del titular

El tribunal anuló artículos de la ley de Protección de Datos (25.326) que permitían el intercambio de información entre organismos oficiales. El fallo se originó por un habeas data de una jubilada contra ANSES y la Secretaría de Comunicación Pública.

La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional este jueves 30 de abril de 2026 el uso de datos personales por parte del Estado sin el consentimiento expreso de los titulares, y anuló varios artículos de la ley de Protección de Datos Personales (N° 25.326) al considerar que vulneran derechos constitucionales a la privacidad.

El máximo tribunal se expidió al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una mujer jubilada contra el Estado Nacional, en el marco de un convenio que había permitido a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ceder información personal a la Secretaría de Comunicación Pública con el fin de difundir contenidos oficiales. La actora cuestionó el uso de sus datos para fines distintos a aquellos que motivaron su entrega, señalando que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

La sentencia lleva las firmas de los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, y del conjuez Daniel Bejas. En su argumentación, el tribunal sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin el conocimiento de sus titulares. Además, el fallo declaró inválidos aquellos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin requerir consentimiento, al considerar que dichas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

Los jueces advirtieron que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales. En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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