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24 de abril de 2026

Caso lentes inteligentes en Casa Rosada: la resolución de 2025 que el Gobierno dice que los periodistas violaron

Una resolución firmada por Manuel Adorni en 2025 prohíbe filmar en espacios no autorizados. Los denunciados habrían utilizado lentes inteligentes para grabar en pasillos y despachos de la Casa Rosada.

El Gobierno nacional dispuso la suspensión temporal de las acreditaciones para periodistas en la Casa Rosada luego de una denuncia de espionaje vinculada a los comunicadores Luciana Geuna e Ignacio Salerno. La medida generó repercusiones en el gremio periodístico, y una de las primeras voces en pronunciarse fue la del periodista Pablo Rossi, quien cuestionó la decisión oficial.

Rossi sostuvo que el Ejecutivo debería modificar su enfoque respecto al control del acceso de la prensa al edificio gubernamental. “Lo que tendría que hacer la Casa Militar es saber exactamente qué autorizaciones da, a quien se las da, establecer reglas claras —si no están claras— de lo que tienen que hacer los periodistas acreditados en la Casa Rosada”, declaró el comunicador.

Desde el Gobierno, en cambio, se argumenta que las normas ya existen y que fueron publicadas formalmente hace casi un año. Se trata de la Resolución 1319/2025, firmada el 21 de mayo de 2025 por el entonces secretario de Comunicación y Medios, Manuel Adorni, y publicada en el Boletín Oficial dos días después, el 23 de mayo de 2025. La norma aprobó los “Lineamientos Generales y Específicos para la Acreditación y Función Periodística en la Casa de Gobierno”, contenidos en tres anexos.

El reglamento detalla tanto los espacios habilitados como las conductas prohibidas. Según el texto oficial, los periodistas acreditados pueden acceder a la Sala de Periodistas “Decano Roberto Di Sandro” —con capacidad máxima de 25 puestos— y a la Sala de Conferencias —con un máximo de 36 asistentes—. El ingreso está permitido de lunes a viernes entre las 6:30 y las 21:00 horas. Además, “se autoriza únicamente la circulación transitoria por las áreas comunes que sean estrictamente necesarias e indispensables, con el solo fin de trasladarse desde los puntos habilitados de ingreso y hasta los espacios habilitados para la realización de eventos o actividades periodísticas”.

En la sección de prohibiciones expresas del Anexo I, la resolución establece textualmente: “En espacios no autorizados especialmente al efecto, se encuentra prohibido transmitir en vivo, registrar imágenes o videos, tomar fotografías o ingresar. La falta de cumplimiento a esta prohibición importará una falta grave”. El texto añade que incurrir en dos o más faltas graves “podrá ser considerado causal suficiente para la revocación y/o no renovación de la acreditación otorgada”.

El caso que motivó la suspensión de acreditaciones involucra a Luciana Geuna e Ignacio Salerno, a quienes se les atribuye haber filmado con lentes inteligentes en pasillos y despachos de la Casa Rosada sin la autorización correspondiente. En las imágenes difundidas, los periodistas aparecen riéndose mientras relatan lo ocurrido y califican la acción como una travesura. Para las autoridades, esa conducta constituye una violación directa de la resolución vigente.

La normativa también establece un sistema de acreditación con criterios objetivos. Cada medio puede acreditar hasta dos periodistas —uno por turno— más un suplente. Quienes solicitan la acreditación deben presentar documentación, declarar su audiencia con métricas verificables y firmar una declaración jurada (Anexo III) en la que se comprometen a respetar las normas. En ese documento se advierte que “el uso indebido o desactualizado de la credencial podrá implicar su suspensión o revocación por la Autoridad de Aplicación” y que “cualquier falsedad, omisión o incumplimiento en los datos declarados podrá dar lugar a la revocación de la acreditación”.

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