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POLITICA

21 de febrero de 2026

Reforma laboral: los 10 puntos clave del proyecto que regresa al Senado para su sanción definitiva

El proyecto, que ya cuenta con media sanción y modificaciones en Diputados, introduce cambios estructurales en el régimen laboral. Incluye fondos de cese, reducción de contribuciones patronales, eliminación de multas por falta de registro y un nuevo esquema de pago de sentencias en cuotas.

El proyecto de reforma laboral impulsado por el Poder Ejecutivo atraviesa instancias decisivas en el Congreso de la Nación. Tras haber obtenido la media sanción inicial en el Senado, la iniciativa fue girada a la Cámara de Diputados, donde recibió la aprobación general. Sin embargo, debido a que el texto sufrió una serie de modificaciones sustanciales durante su tratamiento en la Cámara Baja —incluida la eliminación de artículos conflictivos y cambios en la redacción técnica—, la norma debe regresar ahora al Senado. Los senadores deberán decidir si aceptan las correcciones introducidas por los diputados o si insisten en la versión que habían aprobado originalmente.

A continuación, se detallan los diez puntos fundamentales que estructuran este nuevo marco regulatorio para el sector privado:

1. Modificación en el cálculo de indemnizaciones

El proyecto introduce un cambio estructural en la base de cálculo para las indemnizaciones por despido sin causa. A partir de esta normativa, solo se considerará la remuneración mensual, normal y habitual, lo que excluye explícitamente conceptos de pago no mensual, tales como el aguinaldo o las vacaciones. Se establece que la indemnización será la única reparación por el despido y se fija un nuevo esquema de actualización para los créditos laborales basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% anual.

2. Banco de horas y vacaciones

Se habilita la creación de un "banco de horas" mediante acuerdos escritos entre empleador y trabajador para compensar horas extraordinarias, siempre respetando los descansos legales. En cuanto a las vacaciones, se mantiene el período de otorgamiento entre octubre y abril, pero se permite que las partes pacten disfrutarlas fuera de esa fecha. Además, se habilita el fraccionamiento del período vacacional en segmentos de un mínimo de siete días consecutivos.

3. Creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

Se propone la implementación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema destinado a cubrir los costos de desvinculación. Este fondo se financiará con una contribución mensual obligatoria a cargo de los empleadores: las grandes empresas aportarán el 1% de las remuneraciones, mientras que para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) el aporte será del 2,5%. El Poder Ejecutivo, con aval de la Comisión Bicameral, tendrá la facultad de incrementar estos porcentajes hasta el 1,5% y el 3% respectivamente.

4. Implementación de fondos de cese por convenio

En sintonía con la modernización del sistema, se habilita la posibilidad de que los convenios colectivos de trabajo acuerden la creación de fondos de cese laboral que funcionen como sistemas de capitalización individual. Bajo esta modalidad, el empleador realiza un aporte mensual y, en caso de desvinculación, el trabajador percibe el monto acumulado en el fondo en lugar de la indemnización tradicional. Esta opción debe ser pactada en paritarias y no podrá representar una quita de derechos adquiridos.

5. Ampliación del período de prueba

Uno de los puntos que genera mayor impacto en la contratación es la extensión del período de prueba. El texto aprobado establece que el plazo general se ampliará a seis meses para la mayoría de los trabajadores. En el caso de empresas que tengan hasta cinco empleados, este período podrá extenderse hasta los ocho meses. Durante este tiempo, la relación laboral puede extinguirse sin derecho a indemnización, aunque el empleador está obligado a registrar el vínculo y realizar los aportes correspondientes desde el primer día.

6. Eliminación de multas por falta de registro

La reforma suprime las multas establecidas en la Ley 24.013 por trabajo no registrado o registro deficiente. Los impulsores de la medida argumentan que estas sanciones fomentaban la litigiosidad y desalentaban la formalización. En su lugar, se crea un régimen de incentivos para la regularización de trabajadores: los empleadores que blanqueen personal no pagarán las multas, aunque deberán abonar las diferencias salariales y previsionales adeudadas.

7. Incentivos a la inversión y reducción de cargas sociales

El proyecto incorpora el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI), orientado a fomentar la incorporación de tecnología y la expansión empresarial. Como complemento, se establece una reducción de las contribuciones patronales con destino a la Seguridad Social: será de un 1 punto porcentual para las grandes empresas y de 2,5 puntos para las MiPyMEs. Estos beneficios podrían incrementarse hasta el 1,5% y el 3% respectivamente si el Poder Ejecutivo así lo dispone con aprobación legislativa.

8. Pago de sentencias judiciales en cuotas

Para reducir el impacto financiero de los litigios en las empresas, la ley habilita el pago escalonado de las sentencias condenatorias. Las grandes empresas podrán cancelar sus deudas judiciales en hasta seis cuotas mensuales consecutivas. Por su parte, las MiPyMEs y empleadores individuales contarán con un beneficio mayor, pudiendo realizar el pago en hasta 12 cuotas mensuales.

9. Regulación de aportes sindicales y patronales

El proyecto pone límites a los aportes previstos en las convenciones colectivas. Los aportes patronales a cámaras o asociaciones empresarias no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones y pasarán a ser estrictamente voluntarios a partir de enero de 2028. En cuanto a las asociaciones de trabajadores, los aportes para afiliados o no afiliados no podrán superar el 2%. Asimismo, se mantiene el aporte del 6% para las obras sociales y se eliminó el artículo que permitía a los empleadores actuar como agentes de retención de cuotas de afiliación sin conformidad expresa.

10. Registro digital y pago bancarizado

La reforma establece que el registro laboral ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será suficiente, eliminando requisitos adicionales de otras autoridades. Los libros laborales podrán digitalizarse con plena validez legal y deberán conservarse por diez años. En cuanto al pago de salarios, la norma ratifica que deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria o institución de ahorro oficial, descartando explícitamente el uso de billeteras virtuales para este fin.

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