NACIONALES
13 de noviembre de 2025
La Academia Nacional de Medicina rechaza tratamientos y cirugías de transición de género en niños y adolescentes

En una declaración contundente, la institución advierte sobre consecuencias físicas y psicológicas "muchas veces irreversibles". Señala que otros países ya han suspendido estas prácticas.
La Academia Nacional de Medicina de Buenos Aires emitió una declaración en la que se posiciona contra cualquier intervención médica o quirúrgica destinada a la transición de género en niños y adolescentes, fundamentando su postura en principios éticos y científicos.
Durante el Plenario Académico del 25 de septiembre, la institución estableció que "no avala ningún tratamiento, ya sea médico —a través de bloqueadores de la pubertad o terapias hormonales para la masculinización o feminización del cuerpo— ni intervenciones quirúrgicas que tiendan a modificar el sexo".
La Academia advirtió sobre "las deletéreas consecuencias de estos tratamientos sobre la salud física —muchas veces irreversibles— y psicológica, incluido un alto porcentaje de posteriores depresiones", por lo que expresamente los desaconseja.
En su pronunciamiento, la entidad hizo referencia a la experiencia internacional, señalando que "tales intervenciones, que conducen a situaciones no sustentadas en verdades científicas comprobadas, han debido ser suspendidas en países que las promovían —como Finlandia, Suecia, Noruega, Inglaterra, los Países Bajos y varios estados de los Estados Unidos—".
Para el abordaje de menores con disforia de género, la Academia recomendó "un enfoque integral, centrado en ellos y sus familias, con sólidos vínculos y un acompañamiento estrecho de los servicios de salud mental". La declaración concluye enfáticamente: "No es recomendable ni saludable frenar el desarrollo de un niño en su transición a la edad adulta. Por tanto, la Academia Nacional de Medicina de Buenos Aires las rechaza".
Esta postura se alinea con la modificación legal implementada por el Gobierno nacional en febrero de 2025, que sustituyó el artículo 11 de la Ley 26.743 —Ley de Identidad de Género— y restringió los tratamientos de hormonización y las intervenciones quirúrgicas para cambio de género exclusivamente a mayores de 18 años.
Hasta esta modificación, la legislación vigente desde 2012 permitía a los menores de edad acceder a estos tratamientos con el consentimiento de sus padres o tutores y la evaluación de un equipo interdisciplinario.









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