TUCUMÁN
16 de octubre de 2025
"La autonomía universitaria no es cheque en blanco": los fundamentos que llevaron a condenar al ex rector de la UNT

Los fundamentos de la sentencia contra el ex rector Cerisola y otros dos ex funcionarios describen contrataciones irregulares, colocaciones financieras no autorizadas y reducción de regalías que causaron un perjuicio de $39 millones.
"La autonomía universitaria no constituye un cheque en blanco para violar la ley ni para manejar fondos públicos al margen de la legalidad". Con esta contundente afirmación, el Tribunal Oral Federal de Tucumán fundamentó la condena contra el ex rector de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT), Juan Alberto Cerisola, y otros dos ex funcionarios en el caso por el manejo de fondos provenientes de Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD).
Los jueces Jorge Basbús, Ana Carina Farías y Enrique Lilljedahl estructuraron los fundamentos de la sentencia sobre tres pilares principales de irregularidades probadas.
El primero corresponde a las obras públicas universitarias, que fueron contratadas fuera del marco legal mediante resoluciones rectorales dictadas por Cerisola y la ex directora de Construcciones Universitarias, Olga Cudmani, sin intervención de los organismos de control. Las pericias oficiales demostraron sobreprecios en trece proyectos, entre ellos el Salón de Usos Múltiples de la Facultad de Educación Física y el edificio de la Facultad de Derecho.
El segundo pilar fue la gestión irregular de fondos financieros. El tribunal estableció que Cerisola y su entorno dispusieron colocaciones temporarias de los fondos de YMAD en bancos privados y cuentas no autorizadas, sin consulta al Ministerio de Economía, violando la ley. "Se trató de operaciones opacas que eludieron los mecanismos de control del Estado", sostuvo el fallo.
El tercer eje consistió en la reducción unilateral del porcentaje de regalías que debía percibir la Universidad, del 40% al 20%. Los magistrados fueron categóricos: "Esa decisión no fue administrativa ni inocua, sino un acto que produjo un perjuicio patrimonial concreto a la institución".
El perjuicio económico para la UNT fue estimado por la pericia oficial del Cuerpo de Peritos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en $39.277.366,08 a valores históricos.
En los fundamentos, el tribunal destacó que "la posición jerárquica de Cerisola y su deber de garante agravan su responsabilidad penal y el daño institucional causado", y que "el dolo surge de la planificación y la persistencia en el esquema defraudatorio". La sentencia calificó el caso como "un hecho paradigmático de corrupción en el ámbito universitario" que "quebró la confianza en la administración universitaria".
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