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TUCUMÁN

10 de septiembre de 2025

La Justicia falla a favor de una abogada y anula la inhabilitación de su matrícula

El Colegio de Abogados de Capital fue condenado por la Cámara por actuar sin "prudencia y diligencia" al impedirle el ejercicio a Agustina Mitre. El tribunal sentó un precedente clave sobre la libertad profesional.

La Cámara Contencioso Administrativo falló a favor de la abogada Agustina Mitre y ordenó habilitar su matrícula, que había sido anulada por el Colegio de Abogados de Capital bajo el argumento de una supuesta incompatibilidad. El tribunal consideró que la decisión del ento fue "inválida por incompetencia material" y contraria al marco constitucional.

Mitre, quien ingresó al Poder Judicial en 2012 por concurso público mientras aún era estudiante de Derecho, relató que, ante la medida, se vio obligada a solicitar su retiro voluntario y a interponer un amparo judicial. "Finalmente, la Cámara determinó que no existe incompatibilidad, que puedo ejercer la abogacía y que el Colegio hizo una interpretación incorrecta de la norma", explicó la letrada.

El fallo, que sienta un precedente fundamental en defensa de la libertad profesional, remarcó que el Colegio de Abogados "no actuó con la prudencia y la diligencia exigible especialmente a un ente público no estatal que regula el gobierno de la matrícula". Además, reafirmó que el ejercicio de la abogacía es un derecho constitucional protegido por la Constitución Nacional y por tratados internacionales de derechos humanos, advirtiendo que las restricciones arbitrarias lesionan el derecho al trabajo y al debido proceso.

En su testimonio, Mitre detalló una serie de conductas que, a su juicio, revistieron "gravedad institucional" por parte del Colegio. Afirmó que la entidad "asumió una conducta sinuosa y oportunista, cambiando de postura jurídica", emitió comunicados y promovió una junta de firmas para influir en el pleito, "intentando presionar a los jueces". También denunció que se "asentó la anulación de la matrícula" en su título profesional, un acto que calificó de "arbitrario e impropio".

La abogada también señaló un posible sesgo de género en el accionar del Colegio. "En mi misma situación había un colega varón, pero él nunca fue hostigado ni su caso expuesto públicamente. La única que fue amedrentada e intimidada fui yo. Pensaron que por ser mujer me iba a callar. Se confundieron de presa: me fortalecieron”, manifestó.

Mitre concluyó afirmando que el fallo es "una victoria de todos los abogados tucumanos que creen en una justicia libre de presiones y en el ejercicio digno de la profesión”. El fallo deja en claro que los colegios profesionales no pueden erigirse en barreras arbitrarias para impedir el ejercicio de la profesión.

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