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29 de abril de 2026

Bono de $70.000 para jubilados mínimos en mayo: el Gobierno lo oficializó por decreto como compensación por la ley de movilidad

La medida alcanza a pensionados y titulares de la PUAM. El haber mínimo superará los $463.000 tras la actualización por inflación de marzo (3,4%).

El Poder Ejecutivo nacional oficializó hoy, miércoles 29 de abril de 2026, a través del Decreto 292/2026 inserto en el Boletín Oficial, la entrega de un bono extraordinario previsional de 70.000 pesos para el mes de mayo, destinado a los jubilados que cobran el haber mínimo y a los pensionados. De esta forma, las jubilaciones mínimas de mayo quedarán por encima de los 463.000 pesos, una vez que se actualice el haber inicial conforme a la inflación de marzo, que se ubicó en el 3,4%.

En los fundamentos de la norma, el Ejecutivo recordó la aplicación del Índice de Movilidad Jubilatorio establecido por la Ley N° 27.609 desde marzo de 2021, y sostuvo que esa fórmula generó graves inconvenientes al no proteger a los adultos mayores del riesgo inflacionario, al no contemplar la variación de precios y al presentar un importante desfasaje entre la evolución de las variables económicas y su traslado a los haberes.

Ante esa situación, el Gobierno fue otorgando sucesivas ayudas previsionales. Desde el inicio de la gestión de Javier Milei, se entregaron dos bonos de 55.000 pesos en los primeros dos meses de 2024 y, desde marzo de ese año, el monto se fijó en 70.000 pesos.

El decreto subrayó que la Ley N° 27.609 perjudicó en particular a los beneficiarios de menores ingresos, lo que hizo necesario recurrir a ayudas económicas previsionales mensuales desde enero de 2024 hasta abril de 2026 inclusive. Y añadió que, como compensación por esos efectos adversos, se considera oportuno otorgar un Bono Extraordinario Previsional para mayo de 2026.

Condiciones y alcance

La normativa establece que para acceder al bono, los beneficios deben estar vigentes en el mismo mes en que se realice la liquidación, y aclaró que el bono no podrá ser descontado ni computado para ningún otro concepto. En el caso de las pensiones con múltiples copartícipes, se los considerará como un único titular a los efectos del derecho al cobro del bono.

El decreto especifica que el bono corresponde a: titulares de prestaciones contributivas previsionales de ANSES; beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM); y beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más, así como otras pensiones no contributivas y graciables a cargo de ANSES.

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