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TUCUMÁN

23 de abril de 2026

Elecciones en la UNT: la Justicia federal evitó expedirse sobre la reelección de Pagani y respetó la autonomía universitaria

El tribunal rechazó una acción declarativa de inconstitucionalidad porque no existe un “caso” judicial real. La sentencia aclara que no se pronuncia sobre si el rector está habilitado o no para un nuevo mandato.

La Justicia federal cerró la puerta a un intento opositor de bloquear por vía judicial una eventual candidatura del actual rector de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT), Sergio Pagani, para un nuevo mandato. El Juzgado Federal N°2 desestimó la acción declarativa de inconstitucionalidad presentada por Miguel Ángel Cabrera y Virginia Abdala, quienes se postulaban como candidatos a rector y vicerrectora y buscaban impedir que Pagani compitiera por lo que consideraban una tercera gestión consecutiva.

El fallo, conocido hoy, rechazó el planteo en todas sus partes al considerar que no existe un “caso” concreto que habilite la intervención del poder judicial. Los demandantes habían solicitado que se interpretaran los artículos 17 y 190 del estatuto universitario y que se declarara la inconstitucionalidad de una eventual candidatura de Pagani, además de pedir una medida cautelar para frenar la oficialización de listas que incluyeran a autoridades con dos períodos cumplidos.

Sin embargo, el tribunal sostuvo que la acción se apoya en una situación hipotética, ya que el rector no ha formalizado su postulación ni existe ningún acto administrativo concreto que permita analizar el fondo de la cuestión. La resolución recordó que la acción declarativa de certeza (artículo 322 del Código Procesal) solo procede cuando hay una incertidumbre jurídica real que genere un perjuicio actual, no frente a escenarios futuros o eventuales basados en trascendidos, declaraciones públicas o especulaciones.

El juzgado también consideró que los actores –Cabrera y Abdala– no acreditaron su legitimación activa, ya que el perjuicio que alegan es eventual y depende de hechos inciertos: la posible candidatura de Pagani, su oficialización y su impacto en el proceso electoral. Habilitar este tipo de planteos, advierte el fallo, abriría la puerta a consultas abstractas o preventivas que desnaturalizan la función jurisdiccional.

Como consecuencia, la medida cautelar de no innovar solicitada por los opositores –que pretendía suspender cualquier trámite de listas con autoridades de dos mandatos consecutivos– también fue rechazada por carecer de sustento jurídico al no ser admisible la acción principal.

El tribunal hizo hincapié en el respeto al principio de autonomía universitaria. Intervenir sin un conflicto concreto podría afectar el normal desarrollo del proceso electoral dentro de la UNT, que cuenta con sus propios mecanismos institucionales para dirimir este tipo de controversias.

La sentencia aclaró expresamente que su rechazo no implica un pronunciamiento sobre si Pagani está o no habilitado para competir por un nuevo mandato. La Justicia evitó expedirse sobre el fondo del debate y se limitó a declarar la inadmisibilidad formal del planteo por falta de un “caso” judicial. En consecuencia, el escenario electoral en la UNT permanece abierto, a la espera de definiciones formales de candidaturas. La discusión sobre la eventual reelección del actual rector seguirá, por ahora, en el plano político e institucional.

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