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10 de abril de 2026

BCRA eliminó los límites para retirar efectivo en el exterior con tarjetas argentinas: adiós a los USD 50 y USD 200 por operación

A través de la Comunicación “A” 8417, el Banco Central dejó sin efecto los topes que regían para adelantos en efectivo fuera del país. La medida se suma a otras flexibilizaciones cambiarias.

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El Banco Central de la República Argentina (BCRA) eliminó los límites que hasta ahora regulaban la extracción de efectivo en el exterior con tarjetas de crédito y compra emitidas en el país. La medida, formalizada a través de la Comunicación “A” 8417, deja sin efecto el artículo 4.1 del texto ordenado sobre Exterior y Cambios, que fijaba montos máximos por operación.

La disposición fue publicada este viernes 10 de abril de 2026 y se enmarca en un proceso más amplio de adecuación normativa del mercado cambiario. Según el texto oficial, el organismo resolvió: “Dejar sin efecto los límites establecidos en el punto 4.1. del texto ordenado sobre Exterior y Cambios para los retiros en el exterior en carácter de adelanto en efectivo a los tarjetahabientes otorgados por las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas locales de crédito y/o compra”.

De este modo, desaparece la restricción cuantitativa que condicionaba el acceso a dinero en moneda extranjera desde cajeros automáticos en otros países. La nueva normativa no introduce ningún tope alternativo, sino que directamente elimina la regulación existente.

Cómo era el esquema anterior: de USD 50 a USD 200 según el destino

Hasta la entrada en vigencia de esta modificación, los usuarios argentinos que viajaban al exterior se topaban con un límite estricto por cada extracción en cajeros. La normativa vigente establecía que las entidades financieras y emisoras de tarjetas locales podían otorgar como adelanto en efectivo un monto máximo de USD 50 por operación.

Ese límite se ampliaba únicamente cuando las extracciones se realizaban fuera de los países limítrofes. En esos casos, el tope por operación ascendía a USD 200. Es decir, el sistema diferenciaba entre regiones, pero en todos los casos imponía un techo regulatorio a la disponibilidad de efectivo.

Con la nueva disposición del BCRA, esos topes desaparecen por completo. Las entidades emisoras ya no deberán ajustarse a esos montos máximos previstos en la normativa cambiaria. La modificación alcanza específicamente a los adelantos en efectivo con tarjetas de crédito y de compra cuando el titular se encuentra fuera del país.

La medida se suma a otras flexibilizaciones del mercado de cambios

La eliminación de los límites para retirar efectivo en el exterior no es una iniciativa aislada. Como parte del mismo paquete de adecuaciones normativas, el BCRA también introdujo cambios en otras áreas del régimen cambiario.

Entre ellas, se ampliaron las excepciones a la obligación de liquidar divisas para personas humanas que exportan servicios y determinados bienes. También se extendieron los plazos para el ingreso y liquidación de dólares en operaciones de comercio exterior.

Además, el organismo habilitó a las entidades financieras a acceder al mercado de cambios con mayor antelación para el pago de vencimientos de títulos. También se flexibilizaron ciertas condiciones para operaciones financieras con el exterior, incluyendo transferencias y coberturas entre monedas.

En este contexto, la derogación del punto 4.1 del texto ordenado sobre Exterior y Cambios implica que ese apartado deja de tener vigencia dentro del marco regulatorio. Las entidades emisoras de tarjetas recuperan así la facultad de determinar los montos de adelanto en efectivo según sus propias políticas comerciales, sin el condicionamiento de los topes que regían hasta hoy.

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