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TUCUMÁN

23 de febrero de 2026

El Tribunal de Cuentas frenó una contratación del MPF por U$S 382 mil: observaciones técnicas y jurídicas

El organismo de control dispuso que el Ministerio Público Fiscal, conducido por Edmundo Jiménez, se abstenga de ejecutar la contratación directa de licencias informáticas hasta subsanar observaciones. Se advirtió riesgo de pagar dos servicios simultáneos y falta de justificación de exclusividad.

El Tribunal de Cuentas de Tucumán dispuso que el Ministerio Público Fiscal (MPF), conducido por Edmundo Jiménez, se abstenga de avanzar con una contratación directa de servicios informáticos por U$S 382.166,40 —equivalente al tipo de cambio oficial a más de $539 millones— hasta tanto se subsanen observaciones técnicas, contables y jurídicas. La decisión quedó plasmada en el Acuerdo N° 174, firmado por su presidente, Miguel Chaibén Terraf, y los vocales Sergio Díaz Ricci y Marcelo Vidal.

El objeto de la contratación

La resolución sometida a control es la Nº 001/2026, mediante la cual el MPF aprobó la Contratación Directa N° 48/2025 para la adquisición de licencias forenses UFED y adjudicó a la firma VEC SRL los ítems 1 al 4 por el monto mencionado, con IVA incluido y por un plazo de 24 meses.

En el análisis técnico, el Departamento de Informática del Tribunal consignó que la actuación se inició con un pedido de "renovación y migración de licencias del software forense UFED 4PC (actualmente en uso, por parte del MPF) a Cellebrite Inseyets; que es una nueva versión del mismo producto, pero vigente al día de la fecha". Se indicó que el producto anterior "ha salido de circulación comercial y de soporte técnico, siendo reemplazado por el nuevo producto Cellebrite Inseyets", ambos del mismo fabricante.

Observaciones técnicas

No obstante, el informe advirtió que "corre agregada una única cotización de los productos requeridos, emanada de la empresa VEC S. R. L.; la cual se corresponde con el valor adjudicado". Además, señaló que "tampoco se consignan, en autos, las fechas exactas de inicio y finalización del plazo de vigencia del producto contratado. Sólo se indica su duración, que asciende a 24 meses".

En ese sentido, remarcó que "debería también precisarse esta circunstancia, para evitar que, eventualmente, el MPF se encuentre abonando, en un mismo mes, dos servicios equivalentes (las actuales licencias por los productos UFED 4PC a IAFIS ARGENTINA S. A., aún vigente; y eventualmente, las nuevas licencias Cellebrite Inseyets a VEC S. R. L.)".

Observaciones contables

Desde el área contable se detalló que la contratación contó con "única invitación a cotizar vía mail" y que el acta de apertura de ofertas registró "un solo oferente". También se dejó constancia de que la partida presupuestaria posee crédito suficiente para afrontar el gasto.

Sin embargo, la Jefatura Contable agregó: "Téngase presente que el Organismo cuenta a la fecha con un servicio similar vigente... requerir a la empresa adjudicataria, la constitución de un seguro de caución, atento al pago adelantado de un servicio con vigencia de 24 meses".

Observaciones jurídicas

En el marco del control preventivo, el Tribunal consideró necesario requerir al MPF que justifique el encuadre legal de la contratación directa bajo el artículo 59 inciso 4 de la Ley de Administración Financiera, referido a supuestos de exclusividad. Puntualmente, exigió que se fundamente "ante la existencia de una contratación anterior por Licitación Pública n° 15/2024, de estos Servicios con una empresa distinta con la que hoy se pretende contratar, justifique debidamente el marco legal invocado (art. 59 inc. 4 LAF), en cuanto a la exclusividad 'de quienes tengan privilegios para ello o que sólo posean una persona o entidad y no hubiere sustituto conveniente'".

Asimismo, solicitó que se explique el motivo por el cual "no se solicitó presupuesto a la firma IAFIS ARGENTINA S.A., servidora de la Licencia Forense UFED por la mencionada Licitación Pública n° 15/2024", que se "justifique la razonabilidad del valor del servicio" y que "a todo evento corresponde se confeccione modelo de contrato, y por acto administrativo complementario se apruebe el mismo".

La decisión del Tribunal

En su parte resolutiva, el organismo dispuso: "Requerir al Ministerio Publico Fiscal que de cumplimiento con lo indicado por los Departamentos Técnico y Contable" y devolver las actuaciones a origen. Además, dejó establecido que "los plazos del presente Control Preventivo no se encuentran corriendo" y "advertir a dicho Ministerio que se abstenga de ejecutar la Resolución Nº 001/2026 hasta tanto este Organismo de Contralor se expida en definitiva".

De esta manera, el Tribunal de Cuentas paralizó provisoriamente la contratación directa impulsada por el Ministerio Público Fiscal hasta que se acrediten las condiciones legales, técnicas y económicas exigidas por la normativa vigente. El MPF deberá ahora subsanar las observaciones para poder continuar con el proceso de contratación.

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