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TUCUMÁN

18 de mayo de 2026

La UNT pidió la nulidad de la cautelar que frenó a Pagani y denunció una “indebida intervención judicial” en la autonomía universitaria

El apoderado Jorge Chehín presentó un extenso escrito ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán. La Universidad sostiene que el tribunal incorporó hechos nuevos sin darle posibilidad de defensa, que afectó derechos del rector sin citarlo y que la medida se transformó en una “decisión de gobierno universitario indirecto”.

La Universidad Nacional de Tucumán (UNT) presentó este lunes un pedido de nulidad contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones que suspendió la candidatura del rector Sergio Pagani a un nuevo mandato consecutivo. En un extenso escrito firmado por su apoderado, Jorge Chehín, la casa de altos estudios sostiene que el tribunal incurrió en una “indebida intervención judicial” sobre el proceso electoral universitario, afectando competencias exclusivas que derivan de la autonomía consagrada en la Constitución Nacional.

El fallo cuestionado fue dictado por los camaristas Fernando Poviña, Ricardo Sanjuán, Marina Cossio y Patricia Moltini, con la disidencia del vocal Mario Leal. La mayoría del tribunal revocó una decisión previa del juez federal Guillermo Díaz Martínez y ordenó suspender la postulación de Pagani hasta tanto se resuelva el fondo del reclamo. La medida había sido impulsada por los decanos Miguel Ángel Cabrera y Virginia Sara Luz Abdala, patrocinados por el abogado Gonzalo Casas, quienes sostienen desde el inicio del conflicto que el Estatuto reformado de la UNT impide un tercer mandato consecutivo en el rectorado.

Cuestionamientos al procedimiento y a la incorporación de hechos nuevos

Uno de los ejes centrales del planteo universitario apunta a la forma en que la Cámara tramitó la apelación. Según la UNT, el tribunal incorporó y valoró hechos nuevos sin darle oportunidad de ejercer control o contradicción. “El supuesto hecho nuevo fue incorporado, valorado y finalmente utilizado como elemento decisivo para construir legitimación activa, verosimilitud del derecho y gravedad institucional, sin sustanciación, sin traslado y sin permitir a esta parte ejercer control ni contradicción”, afirmó Chehín.

La presentación sostiene que, a partir de esos elementos no debatidos, la Cámara terminó modificando sustancialmente el eje del litigio. “La resolución cautelar terminó construyendo: la legitimación activa; la verosimilitud del derecho; y la propia gravedad institucional invocada, sobre hechos unilateralmente incorporados al expediente y jamás sometidos a contradicción”, remarcó.

Pagani, afectado sin haber sido citado al proceso

Otro de los puntos fuertes del escrito se concentra en la situación del actual rector. La UNT denunció que la medida cautelar afecta derechos políticos y electorales de Sergio Pagani sin que este haya sido formalmente convocado al expediente. “La propia Cámara individualiza expresamente al Ing. Sergio José Pagani como destinatario concreto de las consecuencias derivadas de la medida cautelar. No obstante ello, dicho tercero jamás fue convocado al proceso ni tuvo posibilidad alguna de ejercer su derecho de defensa”, sostuvo el apoderado.

Una intervención selectiva sobre una única fase electoral

La Universidad también cuestionó el impacto institucional de la decisión judicial sobre el cronograma electoral. Afirmó que la cautelar produjo una “alteración fragmentaria y asimétrica” del proceso, ya que suspendió únicamente la elección del rectorado mientras otras etapas electorales ya se encuentran concluidas y consolidadas. “La cautelar impugnada genera así una intervención selectiva sobre una única fase electoral”, advirtió la UNT.

En ese mismo tramo, Chehín sostuvo que el conflicto no pone en riesgo el funcionamiento general de la Universidad y que la institución mantiene “plena capacidad de autogobierno y aptitud para reorganizar y adecuar el cronograma electoral mediante sus órganos competentes”.

Cuestionamiento al alcance subjetivo de la medida

La UNT también señaló que la Cámara amplió la restricción originalmente solicitada por los actores. “La medida solicitada por la actora fue estructurada respecto de quienes hubieran ejercido ‘más de dos mandatos consecutivos’, mientras que la resolución finalmente dictada termina proyectando sus efectos sobre quienes hubieran cumplido ‘dos mandatos consecutivos’”, afirmó el escrito, agregando que ello “modifica sustancialmente el universo de personas alcanzadas”.

De una acción declarativa a una decisión electoral concreta

Otro de los cuestionamientos apunta a la naturaleza misma de la acción promovida por Cabrera y Abdala. Para la UNT, el proceso original consistía únicamente en una acción declarativa destinada a despejar una incertidumbre interpretativa, pero la cautelar terminó convirtiéndose en una decisión electoral concreta. “La acción promovida no constituyó una impugnación electoral ni un recurso contra actos de la Junta Electoral ni una acción dirigida a excluir candidaturas concretas”, señaló la presentación. Y agregó: “La cautelar terminó operando como una verdadera decisión de elegibilidad anticipada y suspensión electoral concreta”.

La Universidad insistió además en que la Junta Electoral ya había ejercido sus competencias institucionales mediante la resolución que rechazó las impugnaciones contra la candidatura de Pagani. Según Chehín, la controversia dejó de desenvolverse “exclusivamente en el plano abstracto de una incertidumbre interpretativa” para proyectarse sobre decisiones concretas del órgano electoral universitario, y la cautelar terminó “desplazando parcialmente el marco institucional universitario”.

Críticas duras: “medida expansiva, desproporcionada y gravemente invasiva”

En uno de los párrafos más contundentes del escrito, la UNT afirmó que la cautelar “aparece así como una medida expansiva, desproporcionada y gravemente invasiva del funcionamiento institucional universitario”. Incluso sostuvo que “la tutela precautoria terminó transformándose materialmente en una decisión de gobierno universitario indirecto”, afectando “gravemente la autonomía universitaria reconocida por la Constitución Nacional”.

Contexto y pedido final

La disputa se inició meses atrás, cuando los decanos Cabrera y Abdala promovieron una acción declarativa ante el juez Díaz Martínez para impedir una eventual nueva candidatura de Pagani. En primera instancia, el magistrado rechazó el planteo por inexistencia de caso concreto y falta de legitimación activa, criterio que coincidía con el dictamen del fiscal federal Rafael Vehils Ruiz y con la posición institucional de la UNT. Sin embargo, tras la inscripción formal de Pagani como candidato, la Cámara Federal modificó ese escenario y ordenó suspender su postulación.

Ahora, con este nuevo planteo de nulidad, la Universidad intenta revertir el fallo de la Cámara y reencauzar el proceso electoral dentro de los mecanismos institucionales internos. En el cierre de la presentación, Chehín pidió que se declare la nulidad de la cautelar, que se disponga “el inmediato levantamiento de la suspensión del proceso electoral universitario” y que el trámite reciba “tratamiento prioritario” por la “gravedad institucional comprometida”.

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