NACIONALES
8 de enero de 2026
ARCA digitaliza y simplifica el cambio de domicilio fiscal: busca evitar multas de hasta $35 millones

Desde el 2 de marzo, el trámite será 100% online y eliminará la notificación postal. La nueva normativa responde a la Ley de Inocencia Fiscal, que incrementó fuertemente los montos de las sanciones.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementará a partir del 2 de marzo un nuevo procedimiento 100% digital para modificar el domicilio fiscal, con el objetivo de simplificar la gestión para los contribuyentes y evitar sanciones que, según la normativa vigente, pueden alcanzar los 35 millones de pesos.
La medida fue formalizada este jueves mediante la Resolución General 5809/2026, publicada en el Boletín Oficial. La normativa unifica las reglas y busca desburocratizar el trámite, eliminando la exigencia de notificación postal que regía en el régimen anterior.
Entre las novedades, se destaca la posibilidad de modificar el domicilio fiscal online desde el “Sistema Registral”, visualizar domicilios ya verificados por el organismo para seleccionarlos directamente, y la obligación de adjuntar un comprobante únicamente al cargar un domicilio nuevo que no figure en el sistema.
El procedimiento establece que los contribuyentes que deban realizar una modificación deberán ingresar al servicio web “Sistema Registral”, acceder al menú “Registro Único Tributario”, tarjeta “Domicilios”, opción “Modificar”, y presentar el Formulario electrónico de declaración jurada N° 420/D. Para ello, será necesario contar con Clave Fiscal nivel 3 o superior.
Si el nuevo domicilio ya está verificado por ARCA, el estado pasará a ‘Confirmado’ de manera inmediata. En caso contrario, el contribuyente deberá cargar los datos manualmente y adjuntar una constancia probatoria digital. En esta situación, el organismo dispondrá de 7 días hábiles para aceptar o rechazar la solicitud.
La actualización del trámite se produce en el marco de la Ley de Inocencia Fiscal, que incrementó significativamente los montos de las multas por incumplimiento de deberes formales. Actualmente, el plazo para informar un cambio de residencia fiscal es de 10 días hábiles administrativos. Su incumplimiento puede dar lugar a sanciones que van desde los 150.000 hasta los 35.000.000 de pesos, montos sensiblemente superiores a los anteriores, que oscilaban entre 150 y 45.000 pesos.









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