NACIONALES
11 de junio de 2025
ARCA flexibiliza plazos para embargos fiscales

La nueva disposición da 48 horas extra al contribuyente antes de ejecutar medidas. Solo en casos excepcionales se podrá trabar anticipadamente.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó los procedimientos de embargos y ejecuciones fiscales, estableciendo plazos más claros para que los contribuyentes regularicen sus deudas antes de sufrir medidas cautelares. Los cambios, introducidos mediante la Disposición 120/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, buscan dar mayor previsibilidad al proceso.
La principal novedad es que los embargos ya no serán inmediatos tras la demanda fiscal, sino que deberán esperar 48 horas después del vencimiento del plazo para presentar excepciones. Antes, la traba de bienes podía realizarse de forma automática, mientras que ahora se da un margen adicional tras la notificación.
Sin embargo, se mantiene una excepción para la traba anticipada, aplicable cuando el domicilio del contribuyente esté a más de 100 kilómetros de la sede notificante y con autorización judicial. En estos casos, ARCA deberá notificar previamente al domicilio fiscal electrónico (DFE), y el contribuyente tendrá cinco días para pagar antes de que se ejecute el embargo.
La agencia destacó que estas modificaciones forman parte de un esfuerzo por facilitar la regularización de deudas y brindar mayor transparencia en los procesos de cobranza. Con las nuevas reglas, se busca equilibrar el cumplimiento de las obligaciones tributarias con plazos más razonables para que los contribuyentes eviten medidas coercitivas.
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