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TUCUMÁN

12 de noviembre de 2025

El Tribunal de Cuentas acusa al interventor de la Caja Popular por retener fondos destinados a la salud pública

Según el Acuerdo N.º 5183, la CPA incumplió la Ley 5.115 durante cuatro años, afectando recursos clave del SIPROSA en plena emergencia sanitaria. Se amplió la denuncia penal por presunta malversación de caudales públicos.

El Tribunal de Cuentas de Tucumán amplió la denuncia penal contra el interventor de la Caja Popular de Ahorros (CPA), José César Díaz, tras confirmar que durante los ejercicios 2020 a 2023 el organismo no transfirió en tiempo y forma los fondos que por ley debían destinarse al Sistema Provincial de Salud (SIPROSA), violando lo dispuesto en los artículos 21 y 21 bis de la Ley N.º 5.115.

Según el Acuerdo N.º 5183, aprobado el 11 de noviembre de 2025, la auditoría contable del Tribunal detectó una deuda de $3.381.104.038, generada por incumplimientos sistemáticos en las transferencias del 25% del resultado bruto del sector juegos y una suma fija mensual de $400.000.

Pagos tardíos, sin control y fuera de norma

El informe revela que la CPA efectuó transferencias recién después de que el Tribunal abriera un Juicio de Responsabilidad y denunciara penalmente las irregularidades en junio de 2024 (Acuerdo N.º 2492/24).

El primer pago, de $588.222.576, se concretó el 12 de noviembre de 2024, cinco meses después de la denuncia, y fue imputado unilateralmente por la Caja a los períodos 2019/2020, 2020/2021, 2021/2022 y 2022/2023.

Sin embargo, el SIPROSA aclaró que su reclamo formal, elevado mediante la Resolución N.º 1360/SEAC del 20 de diciembre de 2023, correspondía únicamente a los ejercicios 2022 y 2023, por un total de $571.600.000.

Además, el 27 de mayo de 2025, la CPA realizó otra transferencia por $320.526.135, correspondiente al ejercicio 2023/2024, actualmente “a verificar” por los organismos de control.

En paralelo, se registraron pagos mensuales de $400.000 —y uno de $800.000 en julio de 2025—, según el artículo 21 bis de la ley, lo que no subsana el incumplimiento general ni los retrasos acumulados.

Falta de control, convalidación y transparencia

El Tribunal remarca que el SIPROSA no otorgó conformidad ni verificó los montos transferidos por la Caja Popular. De hecho, la propia resolución de la intervención de la CPA (N.º 1102/24) establecía que los pagos debían contar con aprobación previa del organismo de salud, algo que nunca ocurrió.

La Contaduría General de la Provincia, en su informe N.º 10.761/24, coincidió en que los depósitos se realizaron sin base técnica validada y solicitó una auditoría contable a la Secretaría de Hacienda y una intervención de la Fiscalía de Estado para determinar el monto real adeudado.

La Co-Instructora Contable del Tribunal, C.P.N. Patricia Fernández, señaló que la disparidad entre los informes de la CPA y el SIPROSA impide emitir una conclusión final sobre los valores pagados y las deudas persistentes, subrayando la ausencia de documentación respaldatoria y de resolución definitiva de los organismos intervinientes.

Posible malversación y perjuicio institucional

El Acuerdo 5183 sostiene que la conducta del interventor configura una retención indebida de caudales públicos y podría encuadrarse en los delitos de violación de deberes de funcionario público (art. 248) y malversación o retención indebida (art. 260) del Código Penal.

El Tribunal consideró de “especial gravedad institucional” que estos incumplimientos se produjeran durante los años 2020 a 2023, en plena emergencia sanitaria por COVID-19 y dengue, cuando el sistema de salud provincial necesitaba con urgencia los fondos que la ley destina a la atención pública.

“El incumplimiento persistente privó al SIPROSA de recursos esenciales destinados a la salud de los tucumanos, en violación de la Ley 5.115 y del principio de legalidad financiera”, señala el texto.

La maniobra, agrega el Tribunal, “no fue un mero error contable, sino una acción deliberada y prolongada que perjudicó el interés público y vulneró derechos constitucionales vinculados a la salud y la vida”.

Ampliación de la denuncia penal

Por estas razones, el Tribunal resolvió ampliar la denuncia penal ante la Fiscalía de Delitos Complejos, a cargo de la Dra. Mariana Rivadeneira, donde ya tramita la causa N.º S-048030.

La ampliación incluye los pagos realizados en noviembre de 2024 y mayo de 2025, actualmente bajo verificación de la Secretaría de Hacienda y la Fiscalía de Estado, al considerar que ratifican la falta de cumplimiento oportuno, tempestivo y completo de las obligaciones legales.

El Acuerdo, firmado por Miguel Chaiben Terraf, Sergio Miguel Díaz Ricci y Marcelo Vidal, concluye con una advertencia contundente: el Tribunal de Cuentas no detendrá el Juicio de Responsabilidad, pese al trámite penal en curso, hasta lograr el resarcimiento económico de los fondos desviados del sistema de salud provincial.

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